MALTRATO INFANTIL

MALTRATO INFANTIL

lunes, 31 de enero de 2011

HISTORIA DEL MALTRATO INFANTIL

A lo largo de la historia de la Humanidad y en la actualidad, tomando a la Humanidad como un todo, puede decirse que lo normal, en el sentido de frecuente, es que los niños no reciban lo que entendemos por «buen trato». La mayoría de los datos históricos que poseemos sobre el respeto de los derechos de los niños por parte de muchas culturas de la antigüedad corroboran esta afirmación.
La atención jurídica y médica de los menores maltratados empezó a desarrollarse en la segunda mitad del siglo XIX. De manera individual, el médico francés A. Tardieu publicó en 1860 la primera monografía sobre el tema y el también médico estadounidense Silverman demostró con estudios radiológicos las consecuencias no visibles de los maltratos.
El primer proceso judicial que defendió a un menor (una niña) por los malos tratos recibidos por adultos (en su caso, su propia madre), tuvo lugar en 1874 en Estados Unidos. La acusación fue realizada por la Sociedad Protectora de Animales, por cuanto no existía ley alguna que amparase a los menores, aunque sí a los animales en general.
Estas labores pioneras dieron como resultado que antes de que acabase el siglo se creasen dos sociedades pro derechos de los niños: The Society for the Preventión of Cruelty to Children, en Nueva York, y The National Society for the Prevention of Cruelty to Children, en Londres.
La atención a los derechos de los menores es característica de la segunda mitad del siglo XX, que es cuando se les reconoce como sujetos de derechos. En 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño; y, más tarde, en 1989, esa misma Asamblea adoptó la Convención sobre los Derechos del Niño.
Paralelamente a este interés en el estatus legal, se fue desarrollando la correspondiente atención a la comprensión y prevención del fenómeno.
En 1962 se publicó en Estados Unidos un trabajo científico titulado «Síndrome del niño apaleado» que incentivó de manera definitiva la atención a las víctimas de los malos tratos infantiles, incluyendo con ellos la reformulación de las medidas legislativas y la sensibilización de la opinión pública respecto del problema. En los países europeos más desarrollados, se produjo un fenómenos similar en los años siguientes.
La atención de los expertos ha ido desde la casi concentración en los malos tratos de tipo físico a la apertura hacia, por un lado, la comprensión de los conceptos de negligencia y de maltrato emocional, y, por otro, el problema de los abusos sexuales. También, ha habido cambios en lo que se refiere a la percepción de los maltratadores (en principio, identificados con personas con problemas psíquicos y/o pertenecientes a contextos socio-económicos muy atrasados; después, asumiendo el perfil variopinto del maltratador infantil) y en la forma de abordar los problemas (en principio, la separación del maltratado de su entorno; después, el intento de rehabilitar ese entorno).

MALTRATO INFANTIL

La definición de maltrato implica una valoración social en relación a lo que es peligroso o inadecuado para el niño. Y aquí reside precisamente la gran dificultad para definirlo, ya que hay una falta de consenso social respecto a lo que constituyen formas de crianza peligrosas e inaceptables. Resulta difícil establecer la raya de separación entre lo que es un maltrato y lo que no lo es.
La definición de maltrato debe, además, tomar en cuenta, al menos, tres criterios: en primer lugar, la consideración de una acción u omisión como maltrato depende, en muchos casos, de la edad del niño; en segundo lugar, la situación psico-fisiológica del menor puede condicionar las consecuencias de la acción u omisión ejercidas sobre él, lo que puede conllevar una relativización de su consideración como maltrato; y, en tercer lugar, hay que tener también en cuenta que no necesariamente todos los actos de maltrato tienen por qué dejar secuelas inmediatas y visibles en el menor; esto es especialmente relevante por cuanto las consecuencias importantes de los casos de maltrato infantil no suelen ser las físicas, sino las que afectan al desarrollo del menor a medio y largo plazo.
Con todo, se considera que, en general, los criterios para calibrar una determinada situación como maltrato deben fundamentarse en las consecuencias en el menor, tanto en los daños producidos como en las necesidades no atendidas de este.